jueves, septiembre 04, 2008

La Junta de Andalucía, pionera en la legislación de la muerte digna

La Junta de Andalucía sancionará hasta con un millón de euros al los equipos médicos que se empeñen en mantener la vida de un enfermo terminal sin posibilidad de recuperación. El anteproyecto de ley prevé multas de entre sesenta mil y un millón de euros por la obstinación terapéutica.


Derecho a recibir toda la información
La normativa regula el derecho de los enfermos terminales a tener toda la información disponible sobre su enfermedad y su estado, para que de esta forma puedan tomar una decisión sobre el tratamiento que quieren recibir o si lo quieren recibir o no. También se incluye el derecho de solicitar sedaciones paliativas, aunque acorten la vida del paciente incluso a recibir este tratamiento en casa, siempre y cuando no esté contraindicado.

Enfermos menores de edad
La ley también recoge los derechos de los enfermos terminales menores de edad. Entre los 12 y los 16 años, la decisión recaerá en los padres, pero siempre tomando en cuenta la opinión del menor. Los jóvenes con 16 años cumplidos podrán tener acceso a su historial y tomar una decisión. En caso de conflicto con la opinión de los padres o tutores prevalecerá la opinión del paciente.
La opinión de la familia
Para los enfermos mayores de edad, la Ley recoge que en el caso de que los familiares o representantes legales no estén de acuerdo con que se retiren las medidas de soporte vital. El equipo de médicos deberá solicitar un informe al comité de ética del centro. Este informe no será vinculante y la decisión final dependerá del médico, con o sin el consentimiento de la familia.

Primera en España
Además de ser la primera comunidad española en tomar medidas sobre este teman, con la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las personas en el proceso de la Muerte, Andalucía se pone al nivel jurídico de otros países europeos como Bélgica, Holanda o Luxemburgo.

Sin eutanasia activa
Sin embargo hay una diferencia muy importante entre las normativas de estos países y el proyecto de ley andaluz. En estos estados se aplica la eutanasia activa, es decir utilizar medicación para provocar la muerte del paciente. En Andalucía esta medida no se utilizará. María Jesús Montero dijo ayer en una entrevista en Radio Nacional que esto “No es competencia de las comunidades ejercer esta acción" y "hacerlo está tipificado como delito". María Jesús Montero ya confirmó en Abril este aspecto al afrimar que “no vamos a ir más allá de lo que hoy acepta la sociedad en una reflexión madura”

Respetar la decisión del paciente
La consejera declaró ayer también que la ley pretende evitar que se repitan casos como el de Inmaculada Echeverría, que tuvo que ser trasladada de un hospital perteneciente a una orden religiosa a otro público cuando se autorizó su desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida.

Última voluntad
El título III de la Ley recoge los deberes de los profesionales sanitarios. Estos deberán preguntar al paciente si ha hecho testamento vital y en caso de que el paciente no pueda responder los médicos deberán consultar el registro andaluz de voluntades vitales anticipadas. Los médicos no podrán imponer sus opiniones personales y estarán obligados a respetar la última voluntad del enfermo.

Comodidad para el paciente y acompañante
Con esta Ley el Gobierno andaluz se compromete a que el paciente viva su agonía en una habitación individual y pueda estar acompañado por su familia. De hecho el texto establece las características que deberán tener las habitaciones para garantizar también la comodidad del acompañante. Los centros públicos y privados tienen dos años para adaptar sus instalaciones a estas exigencias. Se prevee que los cuidados paliativos se puedan prestar en la casa del enfermo, ya que como adelantó la Consejera “es el lugar donde, en general, las personas se sienten más cómodas y prefieren morir”.

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